Proceso de Oposición Comunidad de Madrid

¿Conoces el proceso de concurso-oposición en la Comunidad de Madrid?

En la Comunidad de Madrid consta de las siguientes fases con carácter eliminatorio:

FASE DE OPOSICIÓN

FASE DE CONCURSO

FASE DE PRÁCTICAS

1  FASE DE OPOSICIÓN

2   FASE DE CONCURSO

3   FASE DE PRÁCTICAS

Fase de Oposición

Prueba 1

PARTE A1: CULTURA GENERAL

Consiste en la realización de una prueba de cultura general de las áreas de Lengua Castellana y Literatura y Matemáticas.

Es muy importante preparar bien esta parte mediante la realización de actividades y el estudio de la literatura.

PARTE A2 - SUPUESTO PRÁCTICO

Consiste en la realización de una prueba práctica que permitirá comprobar que el opositor posee una formación científica y un dominio de las habilidades técnicas correspondientes a la especialidad a la cual opta. Se dispone de un total de una hora y media para el desarrollo del mismo.

 

PARTE B – TEMA

Consiste en el desarrollo, por escrito, de un tema elegido por la persona aspirante entre los sacados al azar por el tribunal (según especialidad) entre los cuales el/la aspirante tendrá que escoger uno para desarrollarlo. La duración será de 2 horas.

 

Todas las pruebas citadas serán leídas por los propios tribunales, además en su corrección se deberá garantizar el anonimato de las personas aspirantes.

Los tribunales valorarán esta primera fase de cero a diez puntos. Para su superación y poder pasar a la siguiente fase, la media ponderada de todas las partes debe ser mínimo de un cinco.  Pero ¡ojo!, todas las pruebas deben superar los 2,5 puntos para que se realice la media. Si alguna de las pruebas tiene una nota inferior a 2,5 puntos, no se pasará a la siguiente fase.

Prueba 2

Consistirá en la presentación de una programación de aula y en la exposición de una unidad de programación didáctica. Para ambas, se dispondrá de un máximo de una hora.

A) PROGRAMACIÓN DE AULA

Hará referencia al currículo y normativa vigente del actual curso escolar en la Comunidad de Madrid, de una o varias área relacionada con la especialidad por la que se participa. No podrá exceder de veinte minutos.

Si lo considera necesario podrá también hacer uso de un guion que no excederá de un folio (una cara) y que se entregará al tribunal al término de la exposición.

B) PREPARACIÓN Y EXPOSICIÓN DE UNA UNIDAD DE PROGRAMACIÓN DIDÁCTICA

La persona aspirante elegirá el contenido de entre tres extraídas al azar por ella misma de su propia programación. Para su exposición, que será pública, la persona aspirante podrá utilizar el material auxiliar que considere oportuno. Si lo considera necesario podrá también hacer uso de un guion que no excederá de un folio (una cara) y que se entregará al tribunal al término de la exposición.

 

Una vez finalizado el desarrollo de la defensa y la exposición, el tribunal podrá plantear a la persona aspirante las cuestiones que estime oportunas en relación con el contenido de aquellas durante un máximo de 10 minutos.

Esta prueba se valorará de 0 a 10 puntos. Una vez finalizada se publicarán de nuevo las actas con la nota media del concurso de oposición, si el aspirante lo ha superado pasará a la fase de concurso.

Fase de Concurso

Una vez superada la fase de oposición, encontramos la FASE DE CONCURSO (con un máximo de 10 puntos) donde se valorarán los méritos académicos, profesionales, cursos… Esto supondrá 1/3 de la nota final, mientras que la nota de la fase oposición serán los 2/3 restantes.

Fase de Prácticas

Las personas que resulten seleccionadas, deberán realizar un período de prácticas tuteladas que formará parte del proceso selectivo y que tendrá por objeto comprobar su aptitud para la docencia. La fase de prácticas se realizará en un curso escolar, siendo su duración mínima de un trimestre y su duración máxima de seis meses de servicios efectivos. Su desarrollo será regulado mediante resolución de la Dirección General de Personal Docente.

Finalizada la fase de prácticas y emitido el informe de la evaluación de la función docente realizado por la Inspección Educativa, las comisiones calificadoras serán las encargadas, de acuerdo con los criterios que establezca la citada resolución, de la evaluación final, con la calificación de apto/a o no apto/a.

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