Proceso de Oposición Comunidad Valenciana

¿Conoces el proceso de concurso-oposición en la Comunidad Valenciana?

El procedimiento selectivo de acuerdo con la última normativa que reguló el proceso selectivo de las oposiciones al cuerpo de maestros, ORDEN 11/2023, de 19 de diciembre, de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo, por la que se convoca procedimiento selectivo de concurso-oposición para ingreso en el cuerpo de maestros y procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades por personal funcionario del mismo cuerpo,  en la Comunidad Valenciana consta de las siguientes fases con carácter eliminatorio:

FASE DE OPOSICIÓN

FASE DE CONCURSO

FASE DE PRÁCTICAS

1  FASE DE OPOSICIÓN

2   FASE DE CONCURSO

3   FASE DE PRÁCTICAS

Fase de Oposición

Primera Prueba

PARTE A – TEMA

Consiste en el desarrollo, por escrito, de un tema elegido por la persona aspirante entre los sacados al azar por el tribunal (según especialidad) entre los cuales el/la aspirante tendrá que escoger uno para desarrollarlo. La duración será de 2 horas.

PARTE B – SUPUESTO PRÁCTICO

Consiste en la realización de una prueba práctica que permitirá comprobar que el opositor posee una formación científica y un dominio de las habilidades técnicas correspondientes a la especialidad a la cual opta. El tiempo del que se dispondrá para la realización de la prueba práctica será el que determine la comisión de selección, normalmente son tres horas.

 

Tanto el tema como el supuesto práctico se realizarán en días diferentes y serán leídos por los propios tribunales, además en su corrección se deberá garantizar el anonimato de las personas aspirantes.

Los tribunales valorarán esta primera fase de cero a diez puntos. Cada una de las dos partes (tema y supuesto) supondrá cinco puntos de los diez que comprenderá la valoración total de esta fase. Para su superación y poder pasar a la siguiente fase, la media de ambas partes debe ser mínimo de un cinco.  Pero ¡ojo! en una de las pruebas como mínimo está permitido obtener una puntuación de 1’25.

Segunda Prueba

Consistirá en la presentación de una programación de aula y en la exposición de una situación de aprendizaje. Para ambas, se dispondrá de un máximo de una hora.

A) PROGRAMACIÓN DE AULA

Hará referencia al currículo y normativa vigente del actual curso escolar en la Comunidad Valenciana, de una o varias áreas, materias o asignaturas relacionadas con la especialidad por la que se participa. No podrá exceder de treinta minutos.

B) PREPARACIÓN Y EXPOSICIÓN DE UNA SITUACIÓN DE APRENDIZAJE

La persona aspirante elegirá el contenido de la situación de aprendizaje de entre tres extraídas al azar por ella misma de su propia programación. Para su exposición, que será pública, la persona aspirante podrá utilizar un ejemplar de la programación de aula idéntica a la presentada en la sede electrónica, así como el material auxiliar que considere oportuno. Si lo considera necesario podrá también hacer uso de un guion que no excederá de un folio (dos caras) y que se entregará al tribunal al término de la exposición

 

Una vez finalizado el desarrollo de la defensa y la exposición, el tribunal podrá plantear a la persona aspirante las cuestiones que estime oportunas en relación con el contenido de aquellas.

Esta prueba se valorará de 0 a 10 puntos. Una vez finalizada se publicarán de nuevo las actas con la nota media del concurso de oposición, si el aspirante lo ha superado pasará a la fase de concurso.

Fase de Concurso

Una vez superada la fase de oposición, encontramos la FASE DE CONCURSO (con un máximo de 10 puntos) donde se valorarán los méritos académicos, profesionales, cursos… Esto supondrá 1/3 de la nota final, mientras que la nota de la fase oposición serán los 2/3 restantes.

Fase de Prácticas

Las personas que resulten seleccionadas, deberán realizar un período de prácticas tuteladas que formará parte del proceso selectivo y que tendrá por objeto comprobar su aptitud para la docencia. La fase de prácticas se realizará en un curso escolar, siendo su duración mínima de un trimestre y su duración máxima de seis meses de servicios efectivos. Su desarrollo será regulado mediante resolución de la Dirección General de Personal Docente.

Finalizada la fase de prácticas y emitido el informe de la evaluación de la función docente realizado por la Inspección Educativa, las comisiones calificadoras serán las encargadas, de acuerdo con los criterios que establezca la citada resolución, de la evaluación final, con la calificación de apto/a o no apto/a.

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